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VOLVER(11/03/2010)
Factura electrónica de exportación Se prorroga la aplicación
Circular Nº 3082
La Resolución 2272/2010 publicada en el Boletín Oficial el 1º de marzo de 2010 modifica las fechas en que será obligatoria la facturación electrónica para operaciones de exportación (Ver Circular Nº 3080 del 25/01/2010).
Nuevas fechas: Los interesados pueden ingresar al régimen en forma voluntaria y deberán utilizarlo en forma obligatoria según los siguientes plazos:
- Grandes operadores: A partir del 1º de mayo de 2010
- Demás responsables, donde se encuadran las fábricas de calzado: A partir del 1º de julio de 2010.
Comprobantes: Deberán emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar las operaciones de exportaciones de bienes a consumo. Los comprobantes alcanzados son:
- Factura de exportación clase E
- Notas de débito E
- Notas de crédito E
